miércoles, 2 de octubre de 2019

Caso para trabajar en la clase del 03/10/2019




Al momento de ser notificado de la sentencia condenatoria, Ud. advierte que no ha sido notificado conforme lo previsto por el art. 482 del ritual y como así tampoco del llamamiento de autos para sentencia. En virtud de ello, entiende que se vio privado del derecho a presentar el alegato sobre el mérito de la prueba.
¿Qué planteo/s podría efectuar?
¿Con qué cargas debería cumplir?
¿En base a qué fundamentos sustentaría su planteo?

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