miércoles, 2 de octubre de 2019

Caso para trabajar en la clase del 03/10/2019




El día 03 de septiembre de 2019 a las 9:00 hs. se presentó en el expediente el demandado, Sr. LENTINI, mediante un escrito en el que dedujo un incidente, planteando la nulidad de la cédula de notificación de la demanda. El proceso se encontraba en la etapa de ejecución de la sentencia. Fundó su planteo mediante los siguientes argumentos:
1.- Que nunca vivió en la calle Cucha Cucha Nº 999 piso 9 de la CABA, domicilio en el cual se cursó la notificación del traslado de la demanda, mediante una cédula diligenciada “bajo responsabilidad de parte actora”. Sin perjuicio de ello, destacó que se trataba de un inmueble alquilado hace poco más de un año en el que residen su ex esposa -de quien se halla divorciado hace más de cinco años- y el hijo de ambos de 7 años de edad. Aclara que no tiene contacto alguno con su ex esposa – con quien no se habla pues no tienen una buena relación- ya que, para las visitas del menor, acostumbra a retirarlo los días viernes a la salida del colegio y luego lo reintegra en días lunes.
2.- Alegó que fue citado a la mediación obligatoria previa hace más de cuatro años (en julio de 2014) cuando se domiciliaba en una vivienda alquilada sita en la calle Jujuy 888 piso 8. Indicó además que todo el intercambio epistolar previo entre las partes se realizó en este domicilio. Indicó que en diciembre de 2014 se venció su alquiler y se mudó al domicilio que ocupa actualmente en la calle Cabildo 555 piso 5 de CABA, vivienda que compró ese mismo mes. Afirmó que en esa fecha realizó el cambio de domicilio en el RENAPER.
3.- Sostuvo que tomó conocimiento fehaciente de la existencia del proceso en su contra, cuando solicitó un crédito personal en el Banco “Corralito” y el día 26 de agosto le fue denegado en virtud de haberse dictado una inhibición general de bienes a su respecto.
4.- Manifestó que el incumplimiento de las formas indicadas por la ley para realizar la notificación de la demanda, le impidieron ejercer oportuna y adecuadamente el derecho de defensa, esto es presentarse al proceso y contestar demanda.
¿Qué medidas de prueba ofrecería?
Corrido el traslado pertinente, contesta el actor, Sr. VELOZ, quien manifestó que el demandado Lentini concurre con mucha frecuencia al inmueble de la calle Cucha Cucha Nº 999 de CABA a visitar a su hijo. Sostuvo que su ex esposa le habría informado de la existencia del presente proceso. Alegó además que en ese mismo domicilio el demandado posee un consultorio de kinesiología (que resulta ser su profesión) y trabaja con la empresa de medicina Curandis S.A.
Por todo ello entendió que no resultaba posible aseverar que el nulidicente desconociera la existencia del proceso y solicitó el rechazo del planteo de nulidad y que prosiga la causa según su estado.
¿Qué medidas de prueba ofrecería?

· Plantearemos otras preguntas en clase.

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